PRIMERO: DECLARA CON LUGAR MANTENER la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del Imputado: JESÚS GREGORY SALAS CHIRINOS VENEZOLANO, DE 41 AÑOS DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° 12.178.214, DE PROFESIÓN U OFICIO TSU EN ADMINISTRACION, NATURAL DE CORO ESTADO FALCÓN DOMICILIADO URBANIZACIÓN LAS VELITAS, BLOQUE 36, APARTAMENTO 12-05. Torre A; por considerar este Tribunal que se encuentran llenos los extremos establecidos en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE EN GRADO DE CONTINUIDAD, previsto y sancionado en el artículo 259 en concordancia con el artículo 260 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en concordancia con el artículo 99 del Código Penal y el delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la Ciud.....