Por lo que este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: Con Lugar la Solicitud de Desestimación de la Denuncia interpuesta, por EDICELIS RAMONA COLINA, Venezolana, mayor de edad, soltera, residenciada en la calle 11, Santa Rosa, Pueblo Nuevo Municipio Falcón Estado Falcón, en la comisaría policial Josefa Camejo sede en punto fijo, por la presunta comisión del delito de DAÑOS, previsto y sancionado en el artículo 423 del Código Penal. Notifíquese a las partes de la presente resolución. Ofíciese lo conducente- Así se decide.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG .Narquis Chirinos
Secretario
Abg. Jamil Richani