Por las razones ante expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Penal en funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; DECLARA: Se Otorga LA MEDIDA DE PROTECCION Y GARANTIA DE LA INTEGRIDAD FISICA a favor del ciudadano VICTOR MANUEL ROMERO ROMERO, venezolano, de 75 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.632.375, domiciliado en el Callejón Borregales, entre calles Garcés y Avenida Independencia, casa N° 14, Municipio Miranda del Estado Falcón, comisionando a través de esta fallo judicial, a los funcionarios adscritos a LA POLICÍA DEL ESTADO FALCON (POLIFALCON) por un lapso de TRES (03) MESES para que efectúe el respectivo RECORRIDO POLICIAL en la residencia de dicho ciudadano, en la dirección antes señalada, para garantizar el estricto cumplimiento de lo acordado. Y así se decide.- Líbrense los correspondientes oficios a tenor con lo previsto en el artículo 55 de la Constitución de la R.....