Este Juzgado en base al principio de presunción de inocencia, y a la inviolabilidad de la libertad, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, una vez verificado el contenido de las actas de investigación, acuerda con lugar lo requerido, considerando procedente la Libertad de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a favor de la ciudadana: Raylis del Valle Cossi Carrasquero, venezolana, natural de Punto Fijo, nacido el 14-11-84, de 19 años, quine manifestó no poseer cedula de identidad, por lo que ordenó su libertad inmediata. La Prosecución del proceso por el procedimiento Ordinario, por cuanto es necesario continuar con la investigación. Remítase la presente causa a la Fiscalía Sexta en su oportunidad legal. Cúmplase.
La Juez Segundo de Control, (S)
La Secretaria
Abog. Carmen .....