este Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta medida cautelar sustitutiva de Libertad consistente en presentación periódica cada quince días por ante la oficina de Alguacilazgo de este Circuito judicial Penal, así como la prohibición de acercarse a la victima, en contra de del imputado JOSÉ ANTONIO FERNANDEZ, arriba bien identificado, por estimar que el mismo se encuentra incurso en la comisión del delito de abuso sexual, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley orgánica para la protección del niño y del adolescente, de conformidad con el artículo 256 ordinal 1° del Código orgánico procesal penal en concordancia con el artículo 217 eiusdem. Se acuerda remitir las actuaciones a la Fiscalía Décima del Ministerio Público en su oportunidad de ley. Notifíquese a las partes de la publicación de la presente dec.....