Por todos los razonamientos antes expuestos, la Jueza Presidente de la Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Inhibición planteada por la Jueza MARLENE MARÍN DE PEROZO, Jueza Titular de esta Corte de Apelaciones en la causa seguida por motivo de una acción de amparo constitucional, N° IP01-O-2006-000036, con base en lo establecido en el artículo 86.8 del Código Orgánico Procesal Penal. Agréguese a la causa principal mencionada el presente cuaderno separado. Notifíquese a la Jueza inhibida.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, a los 11 días del mes de Mayo de 2006. 195° de la Independencia y 147° de la Federación.
POR LA CORTE DE APELACIONES
DRA. GLENDA OVIEDO RANGEL
JUEZA PRESIDENTE
ANA MARÍA PETIT
Secretaria
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
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