Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, EXTENSIÓN PUNTO FIJO, administrando justicia, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley. DECLARA SIN LUGAR LA SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD por MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de las previstas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal; y en consecuencia, MANTIENE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los acusados ANTONY EGLINDER BLANCO VIVAS identificado con la cédula de identidad personal número V. ¿ 23.586.725, de 18 años de edad, venezolano, albañilería, soltero, nacido el 23-08-1990 en Coro estado Falcón, primerazo de bachillerato como grado de instrucción, domiciliado en Calle Padilla con Los Ruices, Punto Fijo Estado Falcón, casa de color blanca con azul, sector universitario, al lado.....