este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa, seguido contra las ciudadanas LAIBETH PARIZ y SUGEY PARIZ, con motivo de la presunta comisión de uno de los delitos Contra las Personas, referido a LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 418 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana OSDANIS YANET MEDINA MEDINA, antes identificada, y Declara Extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con el ordinal 3° del artículo 318 y el artículo 48 ordinal 8° ambos del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 108 ordinal 6° del Código Penal. Regístrese, publíquese, notifíquese y remítase la causa al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente.
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. GLORIA MARIA VARGAS VARGAS
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