esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JOSÉ GREGORIO LLAMOZAS SIERRA, en su condición de Apoderado Judicial del ciudadano JOSÉ FELIXN ROA ALVAREZ, contra el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual declaró sin lugar la solicitud de entrega del vehículo: Automóvil, Marca: Ford, Modelo: Fiesta, Color: Azul, Tipo: Sedan, Placas: No Porta, Serial Motor: Desbastado, Serial Carrocería: *8YOZF16N868A23000* .