este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, ACUERDA: DECLINAR LA COMPETENCIA del conocimiento de la presente causa, seguida al ciudadano; MEDINA PIRELA FREDDY ANTONIO, Venezolano, mayor de 29 años de edad, nació el 26-04-1981, soltero, residenciado en Maracaibo, estado Zulia, sector Pomona, calle 107 E, casa 19 D-18 , teléfono 0424-609 5699. Portador de la cédula de identidad V-16.211.486, de ocupación de obrero, manifiesta saber leer y escribir, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL al Juzgado Primero de Control del circuito Judicial Penal del Estado Zulia, para lo cual se acuerda remitir las actuaciones que conforman la presente causa a dicho Juzgado, de conformidad con lo establecido en los artículos 57, 61 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal.