Este TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS ACOSTA, SAN FRANCISCO, JACURA Y CACIQUE MANAURE, CON COMPETENCIA EN LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (SERVICIOS PÚBLICOS) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en atención a lo solicitado, declara a la ciudadana GLAYDIS YRAIDA PÉREZ ARELLANO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V¬-14.368.953, domiciliada en Yaracal, Municipio Cacique Manaure del Estado Falcón, como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la ciudadana GLADYS SOCORRO ARELLANO DE PÉREZ, quien era titular de la cédula de identidad número V-5.124.766 y falleció Ab-intestato el día 26 de febrero de 2013, en la ciudad de Morón, Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo. En atención a pedimento expreso de la interesada manifestado en su escrito de solicitud, expídase, certi.....