este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: sin lugar la solicitud fiscal, y Decreta: la Libertad del ciudadano JOSE DE JESUS RODRIGUEZ GARCIA, titular de la cedula de identidad Nº V-14.318.756, de 31 años, oficio albañil, soltero, fecha de nacimiento: 06-07-1978, domiciliado en: Urbanización Monseñor Iturriza, calle principal, calle numero 2, casa numero 2, color verde diagonal a la panadería hermanos Armenida de esta ciudad de Coro, le Impone; la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con lo dispuesto en el articulo256 numeral 3 y 4, consistente en la presentación ante la sede de este Circuito Judicial Penal cada siete (07) y la prohibición de salida del Estado Falcón, así mismo decreta el Procedimiento Ordinario; por la presunta comisión de los delitos de Robo Propio, previstos y sancionados en el artículo 455 del Código Pen.....