Por las argumentaciones antes expuestas, este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en Sede Mercantil, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN), seguida por el ciudadano ALEXIS ANTONIO TOYO RAMIREZ, en contra del ciudadano LUIS ANGEL GARCIA, identificados todas plenamente en actas.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora, por haber sido vencida totalmente de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
En virtud de que la presente decisión se dicta fuera de lapso, se ordena la notificación de las partes, conforme lo previsto en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.