Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, existiendo unos hechos punibles que merecen pena corporal, cuyas acciones Penales no se encuentran evidentemente prescrita, que existen elementos de convicción para estimar que el Imputado es el autor o partícipe del mismo, RESUELVE: PRIMERO: Declara PARCIALMENTE con lugar la solicitud Fiscal, de imponer al imputado NERFOR MANUEL RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad personal número V. ¿ 12176866, de 32 de edad, venezolano, soltero, comerciante, nacido el 18/07/75, técnico agropecuario como grado de instrucción, domiciliado en la Calle el Sol, Bobare, casa N° 32, diagonal al hotel Leo, teléfono: 04146916108, hijo de Dili María Ramírez y Ernesto Galíndez (fallecido), una medida cautelar de privación judicial de libertad y en su lugar, se impone de una medida cautelar sustituti.....