En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en función de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, PRIMERO: DECRETA EL ARCHIVO JUDICIAL de las actuaciones que componen la presente causa de conformidad con lo establecido en el articulo 296 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE ORDENA EL CESE INMEDIATO de la medida Cautelar en contra de los ciudadanos RAIDY JHOAN LUGO GONZÁLEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 14.168.378, de 31 años de edad, nacido en Coro Estado Falcón, fecha 10 de Enero de 1979, de estado civil casado, de Profesión u Oficio Inspector de la Policía de Falcón, residenciado Urbanización Monseñor Iturriza, tercera etapa, calle 12, casa No. 298, de esta ciudad de Coro Estado Falcón, y NOEL JOSE MIRANDA, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V.-15.459.098 de 29 años de edad, nacido en Coro Estado Falcón, fecha 09 de Marzo 1981, de estado civi.....