Por todo lo antes expuesto este tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, instruida en contra de los ciudadanos: MIGUEL ANTONIO PARDO GONZALES, Y FRANKLI ENRIQUE MOLERO NAVARRO, por los Delitos de LESIONES CULPOSAS GRAVES Y LESIONES CULPOSAS LEVES, figura esta prevista y sancionada en el articulo 422 ordinal 1° y 2° del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano: LOS MISMOS, se declara extinguida la Acción Penal por Prescripción de conformidad con los artículos 108 ordinal 5° del Código Penal Venezolano, artículo 318 ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal. Así se Decide. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG .SATURNO RAMIREZ ZORRILLA
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