esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por los Abogados AGUSTÍN CAMACHO Y CASTOR DÍAZ TORREALBA, actuando como Apoderados judiciales de la ciudadana MARIANA KARINA HERNÁNDEZ RON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.701.196, contra el auto dictado en fecha 20 de noviembre de 2009 en la causa penal signada con el número IP01-P-2009-003474 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, mediante el cual NEGÓ LA ENTREGA DEL VEHÍCULO CUYAS CARACTERÍSTICAS SON: PLACA: 57WW-MBJ, SERIAL DE CARROCERÍA: 3AKJA6CG87DZ13889, SERIAL DE MOTOR: 06R0986920, MARCA: FREIGHTLINER, MODELO: TRACTO CAMION, AÑO: 2007, COLOR: BLANCO, CLASE: CAMION, TIPO: CHUTO.