En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Penal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de éste Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en la ciudad de Coro, DECRETA: PRIMERO: Con lugar la solicitud fiscal de imponer la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad por encontrarse llenos los extremos de los artículos 236, 237 y 238 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal a los ciudadanos RAMON ANTONIO UGARTE DIAZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-9.520.690 y YARITZA CAROLINA CAMPOS CARIEL, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-21.478.433, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN AGRAVADA, previsto en el artículo 149, segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, concatenado con el Artículo 163 numeral .....