En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este TRIBUNAL CUARTO PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL de SANTA ANA DE CORO DEL ESTADO FALCÓN, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL. SEGUNDO: ORDENA JUDICIALMENTE LA ENTRADA, FIJACIÓN FOTOGRÁFICA y EL REGISTRO, conforme a los artículos 196, 197 y 198 del Código Orgánico Procesal Penal 1.- RESERVADO en la dirección antes descrita, con el fin de localizar e incautar en el interior de los siguientes inmuebles RESERVADO que guarden relación con la investigación iniciada por la Representación Fiscal, el cual será practicado por los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, conforme a los artículos 196, 197 y 198 del Código Orgánico Procesal Penal, quienes deberán respetar los derechos humanos de las personas que se encuentren en el inmueble al momento de la práctica de la orden judicial, si fuera el caso, a q.....