....Probado como ha sido lo alegado y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Acta de Matrimonio, éste tribunal, de conformidad con los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, impartiendo justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley, ordena en forma SUMARIA, al Ciudadano Prefecto del Municipio Baraived, Distrito Falcón del Estado Falcón (hoy Jefatura Civil Registrador de la Parroquia Baraived, de la Alcaldía del Municipio Falcón del Estado Falcón) y al Ciudadano Registrador Civil Principal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, hacer la debida nota marginal en el acta de matrimonio de la ciudadana IGNA LOYOLA DÍAZ THIELEN de LUGO, previamente determinada, a fin de que se escriba correctamente lo siguiente: Que donde se indica su nombre "YGNA LOYOLA", debe decir: "IGNA LOYOLA", como es lo correcto. Así se decide.-
Expídanse por secretaría las copias certificadas de la presente decis.....