DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con lo establecido en el artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal a la Ciudadana MAGALIS JAQUELINA DELGADO no porta documentación personal, de nacionalidad venezolana, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 11.764.588, de 38 años de edad, nacido en fecha 22/05/71, de estado civil Soltera, de profesión u oficio Ayudante de Fabricador, hija de Ana Delgado y Regulo Mora, natural de Maracaibo, Estado Zulia y residenciado en el Barrio Andrés Eloy Blanco, Calle Juan XXIII, Casa S/Nº, frente a la Casa Nº 46, cerca del Taller Pineda, Punto Fijo, Estado Falcón, y LIBERTAD PLENA a la Ciudadana USMALY NAIROBIS PEREIRA DELGADO, no porta documentación personal, de nacionalidad .....