Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: Impone al Ciudadano LEONARDO JOSE PEROZO SILVA, ya identificado, las medidas establecidas en los numerales 7 y 8 del artículo 92 de la Ley Orgánica Sobre El derecho A Las Mujeres A Una Vida Libre de Violencia, consistentes en la obligación de asistir a un Centro especializado en materia de Violencia de Género, denominado Instituto Regional de Atención a la Mujer con sede en la Alcaldía de Miranda, y la prohibición de ejercer cualquier tipo de violencia contra la víctima, por el Delito de Violencia Física, previsto en el artículo 41 de la referida ley Especial, en perjuicio de YOHANA DEL CARMEN GUTIERREZ TORRE. Notifíquese a las partes la publicación de la presente Resolución y remítase en su oportunidad la causa a la Fiscalía Primera del Ministerio Público del Estado Fal.....