este Tribunal Segundo de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara ejecutada la sentencia condenatoria de fecha 22 de Abril del 2008, dictada por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, donde condeno por el Procedimiento de Admisión de Hechos a los ciudadanos LUIYER ALEJANDRO TELLERIA, titular de la cédula de identidad N° 20.568.980, y PEDRO DANIEL VARGAS SUAREZ, titular de la cédula de identidad N° 20.297.366, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley contempladas en el artículo 16 de la norma sustantiva penal; por la comisión del delito de ROBO LEVE O ARREBATON, previstos en el artículo 456 del Código Penal. Notifíquese al Fiscal 17 del Ministerio Público. Ofíciese al Coordinador de defensa Publica, a los efectos que le sea designado a .....