Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano: Freddy Antonio Irausquin Lanoy, antes identificado, por el delito de Homicidio Intencional Simple, previto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, en perjuicio Omar Jesús Díaz, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia librese la respectiva boleta y el Oficio correspondiente, se acuerda igualmente la aplicación del procedimiento Ordinario. Notifíquse a las partes y remítase la causa a la fiscalía Décimo Quinta del Ministerio Público del Estado Facón, en su oportunidad. Cúmplase.
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Abg. Saturno Jose Ramirez Zorrilla.
Juez Tercero de Control.
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Abg. Yraima Paz .....