este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve: Primero: Declara Con Lugar la solicitud Fiscal del Ministerio Público de imponer al imputado la medida cautelar sustitutiva de libertad, establecida en el Articulo 92 Ordinal 8° de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia. Segundo: Se impone al imputado Yosmar José García González, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 16.830.271, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, nacido en fecha 15/11/1982, de 26 años de edad, domiciliado en el Callejón Ampres del Barrio Monte Verde, entre Silvia y Ampies, Casa Nº 25 de color morada, de esta ciudad de Coro estado Falcón, teléfono de su esposa 0268-2532975, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, consistente en la prohibición de agredir a la victima, por la presunta comisión del delito de Violenc.....