este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: La redención de pena por el trabajo y el estudio por el tiempo de SIETE (07) MESES y DIEZ (10) DÍAS al ciudadano ELEOMAR GREGORIO CAMACHO GOITÍA, de 19 años de edad, fecha de nacimiento 30-12-94, profesión u oficio, estudiante, cedula de identidad Nº 24.590.802, domiciliado urbanización Velita 5, Bloque 17, apartamento 01-01, Coro, Estado Falcón , condenado a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, USO DE FACSIMIL DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal y articulo 114 de la Ley Para el Desarme y Control de Municiones, en pejuicio del ciudadano DILIO HUGO RIVERO y EL ESTADO VENEZOLANO.