III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la defensa de fondo de FALTA DE CUALIDAD PASIVA PARA SOSTENER EL JUICIO invocada por la parte demandada.
SEGUNDO: CON LUGAR, la acción de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, incoada por el ciudadano: RAFAEL GOMES HENRIQUES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.742.786; asistido por el Abg. FREDDY RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.861.522, IPSA N° 55.337, por DESALOJO DE INMUEBLE O LOCAL COMERCIAL, incoado en contra de la ciudadana: MINIRYA CAROLINA QUINTERO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.546.579, debiendo en consecuencia, hacer en.....