esta Corte de Apelaciones, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
1- ADMITE la acción de amparo interpuesta por el Abogado LUIS ARTURO HIDALGO RONDÓN, arriba identificado, actuando con el carácter de Defensor Privado del ciudadano MIGUEL IRAUSQUIN MONTOYA COLINA, contra la omisión de pronunciamiento en la que presuntamente incurrió el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Control de este Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, de fijar la audiencia preliminar.
2.- ORDENA la notificación del Abogado VÍCTOR MOLINA VALDÉZ, Juez del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Control o de quien se encuentre desempeñando dicho cargo, como presunto agraviante, a fin de que esta Sala, una vez que conste en autos dicha notificación, fije dentro de las noventa y seis (96) horas siguientes a ella, la oportunidad en que se llevará a cabo la audiencia oral. Remítasele, anexa a la notificación, copia tanto de la presente decisión, .....