este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial penal del Estado falcón, con sede a santa Ana de Coro Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad, solicitada por el Fiscal Tercero del Ministerio Público, en consecuencia, el impone al ciudadano Imputado ciudadano ARGEL GABRIEL VILLALOBOS URDANETA, titular de la Cédula de Identidad N° 17.916.182 es autor o ha participado en la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el artículo 83 del Código Penal Venezolano, el peligro de fuga y de obstaculización en la búsqueda de la verdad, la Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad a cumplir en el Internado Judicial del Estado Falcón. Se decreta la Flagranci