Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: PRIMERO: Conforme los artículos 44 de la Constitución Nacional; 8,9,243 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta LA LIBERTAD PLENA, al ciudadano ANGEL JOSE LOPEZ, Venezolano, de 27 años de edad, Titular de la cédula de identidad: no presentó, soltero, de profesión vigilante, fecha de nacimiento: 17-09-77, natural y residenciado en la Calle Principal, Casa S/N, sector La Urbina, de Coro del Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de: PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal venezolano. SEGUNDO: Se ordenó librar la correspondiente boleta de libertad y se acuerda remitir las actuaciones a la Fiscalía Cuarta en su oportunidad legal para el curso de ley por el procedimiento ordinario. Not.....