se declaró finalizada la Audiencia Preliminar y, en presencia de las partes, Este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, resuelve lo siguiente:
Primero : Se admite Totalmente la Acusación presentada por la Fiscalia Cuarta del Ministerio Público del Estado Falcón en contra del ciudadano Diover Jesús Revilla, quien es venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 18.049.672, Soltero, residenciado en la Prolongación Ampies, Vereda 04, Casa Nro. 36, Coro, Estado Falcón, y se ordena su enjuiciamiento en Audiencia de Juicio Orla y Publica, por la presunta comisión de los delitos de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el artículo 406 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano Luís Felipe Marín Medina (occiso) y Homicidio Calificado en Grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 406 del Código Penal Vigente en c.....