D E C I S I O N
Por los antes expuesto este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA, el desistimiento del procedimiento realizado por el ciudadano ALADINO COTO LOPEZ, mediante diligencia de fecha 12 de julio de 2006, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto quien desiste tiene plenas facultades para hacerlo. En consecuencia se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente. ASI SE DECIDE.
Déjese copia certificada en el archivo de la presente decisión.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON. EN SANTA ANA DE CORO, A LOS DIEC.....