es por lo que este Tribunal ordena, en base a la sentencia indexada monetariamente, al ciudadano VICTOR RAMÓN MORALES CASTRO, titular de la cédula de identidad Nro 9.928.266, para que pague desde el mes de Marzo de 2.004, la cantidad de 99.560,43 Bs como pensión alimentaria de sus hijos, y que en consecuencia, debe pagar a la Madre de los Niños, la ciudadana Olivia Rosa Chirinos Noguera, dentro de los tres días de despacho siguientes a su notificación, la cantidad de 95.538,17 Bs ( Noventa y cinco mil quinientos treinta y ocho Bolívares con diecisiete céntimos ) por concepto de deuda por diferencia por obligación alimentaria no cancelada, entre Marzo de 2.004 y Agosto de 2.004. cifra esta que se calcula restando la nueva obligación alimentaria menos la antigua, y multiplicando la diferencia por los meses en los cuales no se pagó esta di.....