En fuerza de los argumentos anteriores, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la demanda que por pensión de alimentos intentará la ciudadana CAHTERINA RIVAS en representación de su hija DAVIUSKA ANDREA QUERALES RIVAS contra el ciudadano SANTIAGO DAVID QUERALES, todos identificados y en consecuencia se ordena:
1) Fijar una pensión de alimentos a favor de la adolescente DAVIUSKA ANDREA QUERALES RIVAS, en el equivalente a UN salario mínimo mensual de lo que devenga el ciudadano SANTIAGO DAVID QUERALES, como trabajador al servicio de la TECNOCONSULT, S.A., cantidad que deberá seguir siendo descontada por el empleador, en forma continúa y por adelantado.
2) Mantener aperturada la cuenta de ahorros N° 0003-0067-58-0100331542, en el Banco .....