Este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, CON SEDE EN PUNTO FIJO, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la Demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS CONCEPTOS LABORALES, incoara la ciudadana LIGIA JOSEFINA NAVEDA WEFFEER, en contra de FORMICONI, C.A.. Así se Decide.
SEGUNDO: Se ordena a la FORMICONI, C.A., el pago de la siguiente cantidad DOS MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO BOLIVARES CON SESENTA Y OCHO CENTIMOS (2.928,68). Así se Decide.
TERCERO: Se ordena a la oficina de Control de Consignaciones hacer entrega del oficio y libreta Nº 2414522, la cuenta de ahorro Nº 0003-0067-53-0100355786, emanada de la entidad Bancaria Banco Industrial, a la ciudadana LIGIA JOSEFINA NAVEDA WEFFEER ya identificada a fin de que retire la cantidad de DOCE.....