este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud fiscal, contra los ciudadanos JOSE GREGORIO BRACHO CAMPOS, LUIS GERALDO TORRES HERMOSO y VICTOR JAVIER PEÑA HERMOSO, en consecuencia se decreta la MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD para los ciudadanos JOSÉ GREGORIO BRACHO CAMPOS, titular de la cédula de identidad N° V- 30.059.746, LUIS GERALDO TORRES HERMOSO, titular de la cédula de identidad N° V- 21.114.464 y VICTOR JAVIER PEÑA HERMOSO, titular de la cédula de identidad N° V- 30.193.365, por encontrarse llenos los extremos de los artículos 236, 237 y 238 del Decreto Con Rango Valor y Fuerza de Ley de Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal,.....