Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN, interpuesta por el Abogado FELIX GUTIERREZ CORDERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 52.610, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada Oferente Empresa HOTEL BRISAS PARAGUANA COMPAÑÍA ANONIMA (HOBRIPARCA), en contra del Auto de fecha 30 de Julio de 2009, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, mediante el cual NIEGA lo solicitado por el Oferente en lo referente a la Perención de la causa y que le sea entregada la cantidad ofertada. Quedando en consecuencia, el Auto recurrido definitivamente firme.
SEGUNDO: Se ordena l.....