esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DE OFICIO LA NULIDAD ABSOLUTA del auto objeto del recurso de apelación interpuesto por el Abogado JULIO ENRIQUE TOVA BOSO, Defensor Privado del ciudadano MARCOS ALEJANDRO PIRELA LOYO, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Control de este Circuito Judicial Penal, Extensión Tucacas, al finalizar la audiencia preliminar, mediante el cual declaró admitir la acusación Fiscal y las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público en el proceso que se le sigue por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN Y PORTE IÍCITO DE ARMA DE FUEGO, conforme a los artículos 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal, por falta de imputación fiscal; por consiguiente, se ordena la reposición de la causa penal al estado de que el Ministerio Público realice el acto de i.....