En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado JOSÉ MARÍA RODRÍGUEZ, en su carácter de apoderado judicial de SEGUROS LA OCCIDENTAL C.A., mediante diligencia de fecha 11 de agosto de 2010.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por LUCRO CESANTE intentada por el ciudadano JOSE AVELINO DA GAMA GOMES en contra de la empresa mercantil SEGUROS LA OCCIDENTAL, C.A.
TERCERO: Se REVOCA la sentencia dictada en fecha 2 de agosto de 2010, por el Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, mediante la cual declaró con lugar la acción intentada.
CUARTO: Se condena en costas a la parte perdidosa, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil......