Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: la flagrancia, de conformidad a lo establecido en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acuerda la solicitud de la Representación Fiscal de seguirse el presente caso mediante el Procedimiento de Juzgamiento de Delitos Menos Graves establecido en el artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se admitió la precalificación del delito: HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numeral 1 del Código Penal, para los ciudadanos RAINER RAFAEL MENDEZ NAVA Y JOSE GREGORIO VILLAREAL CRESPO, CUARTO: sin lugar LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, para los ciudadanos RAINER RAFAEL MENDEZ NAVA Y JOSE GREGORIO VILLAREAL CRESPO, solicitada por la Defensa Pública Municipal Primera, QUINTO; parcialmente con lugar la solicitud.....