Ahora bien, examinados los documentos acompañados, las declaraciones de las ciudadanas MILAGROS COROMOTO MORILLO y LEDDY MAGDALENA REYES CORONADO, las cuales fueron contestes en lo declarado conforme a lo solicitado, y el análisis de las normas ut supra transcritas, se desprenden elementos suficientes para que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declare las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD y POSESIÓN a favor de la ciudadana GLENDA MAIGUALIDA ROJAS REYES, venezolana, mayor de edad, de 47 años, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-10.967.352, de profesión u oficio Registrador Civil, domiciliada en el Maringlar, Parroquia Adícora del Municipio Falcón del Estado Falcón, sobre las bienhechurías anteriormente identificadas, sin perjuici.....