Por todo lo antes expuesto este Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo acuerda a los fine de proveer sobre el beneficio solicitado, ratificar oficios librados a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del estado Falcón, a los fines de que proceda a la elaboración del informe respectivo, solo en cuanto al ciudadano WILLIS ALBERTO DORIA VARGAS, de nacionalidad venezolana, de 21 años de edad, nacido en fecha 09-04-1983, Hijo de Irma Josefina Vargas y Guillermo A. Doria, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.309.175, de estado civil Soltero, de profesión u oficio indefinido, residenciado en la calle Garcés entre calles Brasil y Perú, casa Nº 13-118, Punto Fijo, Estado Falcón, quien manifestó su deseo de optar por el beneficio de Régimen Abierto. Líbrese el Oficio Respectivo. Regístrese, Publíquese y cúmplase con lo ordenado. En Punto Fijo a los veintiún (21) días del mes de abril de dos mil seis (2006).-
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