En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por la abogado Militza González, en su carácter de apoderada de los ciudadanos GUILLERMO ESCOLÁSTICO, ROSA DELIMA, DIGNIA DILIA, HERMENEGILDA VIRGINIA, DOLORES NICOMEDES y ENCARNACIÓN ARCAYA ROMERO, domiciliados en Punto Fijo, Estado Falcón, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 19 de febrero de 2001, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, mediante la cual declaró la perención de la instancia y extinguido el procedimiento en el juicio que por concepto de la acción mero declarativa, intentara los ciudadanos GUILLERMO ESCOLÁSTICO, ROSA DELIMA, DIGNIA DILIA, HERMENEGILDA VIRGINIA, DOLORES NICOMEDES y ENCARNACIÓN ARCAYA ROMERO, contra los sucesores cono.....