esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1- CON LUGAR la acción de amparo interpuesta por los Abogados GILBERTO ANTONIO ZERPA ROBERTSON y MARY YILENA GÓMEZ, anteriormente identificados, actuando con el carácter de Defensores Privados de los ciudadanos FELIPE JOSE LOPEZ BORGES, DEIBI RAFAEL BORGES y CARLOS ENRIQUE MUSET PADILLA, antes identificados, contra el pronunciamiento judicial del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Control de este Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, que inmotivó u omitió decidir acerca de los alegatos y solicitudes de nulidad interpuestas por la Defensa en la audiencia de presentación así como de publicar un auto fundado sobre lo decidido en la audiencia de presentación. 2.- SE DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA DEL ACTO DE AUDIENCIA ORAL DE PRESENTACIÓN celebrada el 08 de febrero de 2013 en el asunto N° IP1.....