es que este Tribunal Único de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, en uso de las facultades conferidas en el numeral 1 artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, y atendiendo a la desaplicación del artículo 493 del Copp, ordenada por vía cautelar en sentencia del 8 de Abril del año 2005 dimanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, ordena:
PRIMERO: Oficiar a la unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Tachira, a los fines de que le sea practicada evaluación Psicosocial al penado ALVARO ENRIQUE URBINA MOLINA, cuya opción de goce, según computo inserto en actas, es el beneficio de Destacamento de Trabajo, lo cual deberá ser en una empresa que se encuentre radicada en esa localidad.
SEGUNDO: oficiar a la Dirección del Internado a los fines de que remita el informe conductual, del penado de marras.
TERCERO: Notificar al penado que como quiera que opta por e.....