DECLINATORIA DE COMPETENCIA
Una vez realizada una exhaustiva revisión de las actas procesales que conforman el expediente signado con el número 10.825, contentivo del procedimiento de jurisdicción no contenciosa, denominado IRREGULARIDADES ADMINISTRATIVAS, interpuesta por los ciudadanos OTTO ANDRES URDANETA VELASQUEZ, y MARILYN RUTH VELAZQUE DE URDANETA, ambos venezolanos mayores de edad titulares de las cedulas de identidad Nº 18.292.343 Y N° 5.751.330 , actuando en representación de la ciudadana ROSEMARY ANA URDANETA VELAZQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.102.024, según se evidencia en instrumento poder debidamente autenticado ante la Notaria Publica Primera de Coro en fecha 23-09-2015, quedando anotado bajo el N°30, Tomo 90, Folio 104 hasta 106, actuando en este acto en su condición de accionista de la empresa "DISTRIBUIDORA GAS MANAURE COMPAÑÍA ANONIMA" de esta ciudad de Coro Municipio Miranda del estado Falcón, debidamente asistido por lo.....