Por las razones ante expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Penal en funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; DECLARA: Se Otorga LA MEDIDA DE PROTECCION Y GARANTIA DE LA INTEGRIDAD FISICA a favor del ciudadano OVIFRED JOSE RAMIREZ ROMERO, venezolano, de 36 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.203.955, soltero, domiciliado en la Urbanización Cruz Verde, calle 7, sector 4, casa N° 6, de ésta ciudad de Coro, Estado Falcón, comisionando a través de esta fallo judicial, a los funcionarios adscritos a LA POLICÍA DEL ESTADO FALCON (POLIFALCON) por un lapso de TRES (03) MESES para que efectúen las respectivas LABORES DE RECORRIDO POLICIAL, por la residencia antes indicada para garantizar el estricto cumplimiento de lo acordado. Y así se decide.- Líbrense los correspondientes oficios a tenor con lo previsto en el artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuel.....