DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve, PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud hecha por la representación del Ministerio Público; en consecuencia se decreta al imputado LUIS FERNANDO QUESADA CANALES a quien en este acto le imputó la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el articulo 45 de la ley Orgánica de Identificación, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con lo previsto en el articulo 242 ordinal 3º consistente en la presentación al tribunal cada 30 días. De conformidad con lo previsto en el artículo 248 Ejusdem, el ciudadano Juez, impuso al ciudadano LUIS FERNANDO QUESADA CANALES, de la revocatoria de la medida cautelar, en caso de presentarse el incumplimiento de la misma. SEGUNDO: Se declara sin lugar la solicitud de la defensa por cuanto el ciudada.....