esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que la Ley le confiere, declara: Con lugar el Recurso de Apelación interpuesto por los abogados José Graterol Navarro, Lolimar Gutiérrez y Nadezka Torrealba,, en su carácter de defensores privados del ciudadano GILBERTO FREITE PEREIRA, (anteriormente identificado), acusado en el asunto penal numero IP01-P-2009-001603, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA , previsto y sancionado en el artículo 30 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en contra del auto publicado en fecha 05/04/2013, por el Juzgado Único de Juicio del Circuito Judicial Penal, mediante el cual declaró improcedente la solicitud del Registro del Juicio Oral a través del medio de video de grabación incoada por la defensa. Se ordena al Tribunal Único de Juicio con .....