Este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone al Joven adulto adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , su cómputo definitivo : La sanción fue de un año de Privativa de Libertad y tres meses de Libertad Asistida de conformidad con los articulo 628 Parágrafo Segundo y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente, hasta el día 22 de Mayo fecha en la que se evade el adolescente, según